El ex presidente del Senado pidió un informe a Guerrero y se desconoce la respuesta

Un juez de Trump actúa en la justicia boliviana

Wilson García Mérida

Sol de Pando/Oscar E. Jordán Arandia.- La administración del actual presidente de Estados Unidos Donald Trump tiene un vínculo directo con el sistema judicial en Bolivia a través de una Organización No Gubernamental (ONG) denominada International Justice Mision (IJM), que opera en el país tratando casos graves de abuso sexual a menores de edad. Desde mayo, es investigada por la Cámara de Senadores del Estado Plurinacional. Entre las irregularidades se observan acuerdos con jueces y tribunales para asegurar condenas que van desde 10 a 27 años, y reunirse con fiscales de materia para forzar sentencias. El vínculo directo es el actual miembro del Tribunal de Distrito de EE.UU. para el Distrito Sur de Texas, Fernando Rodríguez Jr., y actual Director de Campo (Field office director) de IJM desde 2010, según el sitio oficial de la Corte de Distrito de Texas (txs.uscorts.gov). Rodríguez desempeñó el cargo de Oficial de Campo en Bolivia de IJM de 2010 al 2013 —vivió durante ese lapso en la ciudad de La Paz— y de 2013 a 2018 hizo lo mismo en República Dominicana, hasta ser nominado por Trump para juez en Texas. A pesar de ejercer actualmente su alto cargo en el Poder Judicial norteamericano, Rodríguez Jr. no abandonó sus tareas ejecutivas al mando de la ONG IJM que aún opera en Bolivia…

El ex presidente de la Cámara de Senadores, José Alberto Gonzáles Samaniego, a través del documento senatorial P.I.E. N° 584/2018 pidió en mayo de este año al Fiscal General Ramiro Guerrero un informe de las actividades de la ONG Misión Internacional de Justicia, IJM (por sus siglas en inglés), una Organización No Gubernamental que opera en Bolivia desde 2001, ya que al parecer, al influjo institucional y financiero de esta ONG, existen indicios de violaciones al debido proceso, manipulación de testigos, jueces, fiscales, abogados y policías para lograr sentencias.

Esta información ha llegado incluso a manos del Presidente Evo Morales a través del documento senatorial P.I.E. N 580/2018-2019 (bajar la carta en PDF) fechado el pasado 25 de mayo y firmado por el mismo senador Gonzáles. Según aquel documento, la petición del Informe Escrito fue presentada por el senador Efraín Chambi Copa, quien tendría en su poder documentos con las denuncias de víctimas inocentes sentenciados por delitos de abuso sexual a menores.

En Bolivia, la ONG es conocida como Misión Internacional de Justicia (MIJ) y su representante legal es Marika Christy. Estratégicamente, el nombre de Rodríguez no aparece como el máximo responsable de la ONG en su sede, Estados Unidos.

Financiamiento norteamericano en la justicia boliviana

Desde mayo de 2016 IJM logró un financiamiento de la Oficina para la Democracia, Derechos Humanos y Trabajo del Gobierno de Estados Unidos para ejecutar un proyecto de capacitaciones y mejoras en procesos institucionales, que permita a los Juzgados de Instrucción del Tribunal Departamental de La Paz efectuar juicios con más celeridad y eficacia.

El proyecto se llama “Gestión de un protocolo de buenas prácticas en la gestión de despachos penales” que tiene el supuesto objetivo de que los Juzgados de Instrucción del Tribunal Departamental de La Paz, mejoren el servicio y tiempos de juicios públicos a través de la estructuración constructiva de sus procesos. El Acuerdo firmado con el Consejo de la Magistratura es el Nro. 196/2016 aprobado después por el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz mediante Acuerdo 004/2017; se refiere a la implementación del protocolo de buenas prácticas para la gestión de despachos en causas penales.

Además, Fernando Rodríguez Jr. ha sido vicepresidente de 2012 a 2013 de la Red Departamental de Protección de NNA’s (Niña Niño Adolescente) Libres de Violencia Sexual, una plataforma interinstitucional compuesta por organismos municipales, policiales y judiciales de la ciudad de La Paz, financiados y “asesorados” por IJM.

La inaccesible respuesta de Guerrero

En respuesta, el 19 de junio de 2018 a través del escrito OF. CITE: FGE/RJGP N° 354/2018, Guerrero envía el INFORME JURÍDICO FGE/DAJ N° 060/2018, elaborado por el Director de Asuntos Jurídicos de la Fiscalía General. Sin embargo, en el portal de internet de la Fiscalía General del Estado no hay acceso a ningún informe de la Dirección de Asuntos Jurídicos ni tampoco están en los documentos de Transparencia. Además, en el Rendición de Cuentas 2017 no se contempla ninguna de las alianzas ni actividades con IJM, las cuales sí se reseñan de manera transparente en el sitio web de la ONG.

El 25 de mayo de 2018, a través del P.I.E. N° 584/2018-2019, el Presidente de la Cámara de Senadores, José Alberto Gonzales Samaniego, le remite al Fiscal General del Estado, Ramiro José Guerrero Peñaranda, la Petición de Informe Escrito presentada por el senador Efraín Chambi Copa para que “responda a la misma en el plazo de quince días” si es que existiría irregularidades en el accionar de IJM en complicidad con varias instancias del poder judicial y el Ministerio Público.

Al Fiscal General se le pide aclarar de qué manera la ONG trabaja con el Ministerio Público en procesos penales, con particularidad en la ciudad de La Paz y El Alto. En cuántos casos penales que investiga el Ministerio Público participó la ONG, de qué manera coadyuva en la labor investigativa y si asigna algún presupuesto para ello. Además le exigen aclarar qué relación tienen los funcionarios de esta ONG con los fiscales de materia asignados a estos casos.

Destaca el punto 3 en el que se pide saber “cuántas veces el Ministerio Público, la Policía Boliviana y la ONG trabajaron en construir un caso penal, organizaron testigos, análisis forenses y demás pruebas y cuánto tiempo tardaron en construir esos procesos penales, en caso de ser negativa su respuesta, señale porqué esta ONG IJM anuncia todo lo anteriormente citado en su página web http://news.ijm.org/strog-sentenciangfor-bolivan-uncle-indicates-crackdown-on-family”.

Entre las irregularidades que el Senado habría advertido, y pide aclaración de ello, están el hecho de llegar a acuerdos con jueces y tribunales para asegurar condenas que van desde 10 a 27 años, reunirse con fiscales de materia, capacitar a través de un organismo internacional norteamericano a fiscales en el manejo de los casos de abuso sexual infantil y apoyar a un investigador de la ONG, de nombre ficticio,”Álvaro”, que se encarga de perseguir a los acusados con ayuda de los fiscales de materia en aquellos procesos donde interviene IJM.

¿Quién es y qué hace IJM en Bolivia?

Misión Internacional de Justicia (IJM) comenzó a incursionar en Bolivia en el año 2001, investigando casos de maltrato policial hacia niños de la calle. A raíz de esa investigación, se diseñó un curso para la Policía Nacional Boliviana sobre las obligaciones que este cuerpo tiene hacia los niños. Este curso fue presentado aproximadamente a 1.300 policías en las ciudades de La Paz y El Alto entre los meses de agosto y septiembre de 2003, y a 1.200 policías en las ciudades de Cochabamba y Santa Cruz en marzo de 2004.

El año 2007 se inicia el proyecto “Contra la violencia sexual en Bolivia”, cuyos resultados después de la primera evaluación el 2011, permitieron la continuación y ampliación del mismo a la fecha.

Uno de los estudios de prospección realizado por Misión Internacional de Justicia, mostró que una gran mayoría de los delitos de abuso sexual reportados no llegaron al Poder Judicial. Ante esta problemática en el año 2006, suscribió un Acuerdo Marco con el Gobierno de Bolivia para establecer una oficina de campo en la ciudad de La Paz. La oficina fue creada para recibir referencias de casos de abuso sexual infantil por parte de ONG’s y agencias de gobierno, para luego movilizar su equipo multidisciplinario a realizar la representación legal para las víctimas de abuso sexual, apoyar investigaciones, responsabilizar a los perpetradores y brindar terapia socio emocional para la recuperación de las víctimas y sus familias. Labor que continúa hasta la fecha.

Hasta antes del 2005, Misión Internacional de Justicia (IJM) en Bolivia estaba realizando capacitaciones para prevenir la trata y tráfico de niños y niñas, y contra el abuso de autoridad policial. En el año 2006, basados en un diagnóstico propio y por consultas con la Defensoría de la Niñez, IJM pudo evidenciar que la prevalencia de índices de abuso y violencia sexual en la ciudad del Alto y La Paz, era una problemática mucho mayor que las trabajadas operativamente hasta ese año.

Por consiguiente, a partir del 2007 se empieza a asistir legal y terapéuticamente a víctimas de abuso sexual infantil con familias de escasos recursos, referidos por las Defensorías de la niñez de las ciudades del Alto y La Paz.

Los 14 puntos que el fiscal Guerrero debe aclarar

El informe escrito que el Fiscal Guerrero debía dar de “manera detallada y mediante documentación de respaldo” contempla 14 puntos:

  1. De qué manera la ONG con sede en Estado Unidos de Norteamérica, trabaja con el Ministerio Público en procesos penales, con particularidad en la ciudad de La Paz y El Alto.
    Cuántos casos penales en su fase de investigación que llevó y que actualmente investiga el Ministerio Público participo la ONG y de qué manera coadyuva en la labor investigativa, señale si esta ONG le asigna algún presupuesto al Ministerio Público para llevar adelante la investigación de estos casos y cuál es la relación que tienen los funcionarios de esta ONG con los fiscales de materia asignados a estos casos.
  2. Cuántas veces el Ministerio Público, la Policía Boliviana y la ONG trabajaron en construir un caso penal, organizaron testigos, análisis forenses y demás pruebas y cuánto tiempo tardaron en construir esos procesos penales, en caso de ser negativa su respuesta, señale porqué esta ONG IJM anuncia todo lo anteriormente citado en su página web http://news.ijm.org/strog-sentenciangfor-bolivan-uncle-indicates-crackdown-on-family, bajo ese orden indique los nombres de las y los fiscales que participaron de estas actividades, en qué procesos penales hicieron ese trabajo debiendo indicar el número de caso de cada proceso en el que intervinieron de esa forma.
  3. Si la investigación fiscal llevada a cabo por los fiscales de materia en los procesos que contó con ayuda de la ONG IJM, fue promovida y llevada a cabo bajo dirección de esta ONG, habiéndose sometido los fiscales de materia a las recomendaciones emitidas por esta ONG.
  4. Por qué en la investigación de casos penales llevados a cabo por el Ministerio Público, donde intervino la ONG, se llevaron reuniones en las cuales se entablaron acuerdos con jueces y tribunales para asegurar condenas que van desde 10 años a los 27 años tal como enuncia en su página web la ONG http://news.ijm.org/ijm-bolivia-cases-progress-at-rapid-pace-following-newlaw/?_ga=2.105547139.1467282571.1527015330-, de ser así, señale qué labor investigativa tuvo el Fiscal de Materia asignado a ese caso, porque no realizó una investigación objetiva, imparcial e independiente, porque se reunió con esta misión para asegurar condenas, bajo que elementos de prueba documentales, periciales e investigativos que se hayan recolectado como elementos de convicción se acordaron esas condenas o en su caso simplemente se acordaron de manera privada vulnerándose el derecho a la defensa y al debido proceso.
  5. Si el Fiscal General del Estado fue informado o tenía conocimiento del actuar de esta ONG IJM Bolivia con los fiscales de materia en aquellos casos penales en los que intervino esta ONG internacional.
    Cuáles fueron los motivos por los que la ONG IJM señala que una investigación a cargo de un fiscal de materia que normalmente duraba 20 meses con la intervención de esta ONG se acortaba hasta 8 meses, o en aquellos de 10 meses de investigación este se acortaba a solo 1 mes tal como señala su página webnews. ijm. org/ijm-bolivia-cases-progress-atrapid-pace-following-new-law, informe a qué se debió esa agilización en esos procesos, indique y detalle uno por uno con el número de caso en los que se realizó este tipo de agilización en la investigación.
  6. Si en el Ministerio Público existe alguna denuncia de cualquier persona sobre algún tipo de beneficios que hubiera entregado a algún fiscal de materia para agilizar la investigación del caso en el que participó la ONG IJM, de ser afirmativa su respuesta, señale el nombre y generales de la persona que hubiera presentado esa denuncia y qué acciones disciplinarias o investigativas activó la unidad correspondiente del Ministerio Público para aclarar este tema.
  7. Indique, por qué la ONG internacional IJM tal como señala en su página web news.ijm.org/five-convicted-in-six-daysfor-sexually-assaulting, capacita a fiscales en el manejo para mejorar los casos de abuso sexual infantil, indique si el Ministerio Público tiene firmado algún convenio con la ONG IJM Bolivia, de qué manera incide esta ONG en la actuación fiscal y porqué un organismo internacional Norteamericano participa en las capacitaciones a los fiscales dependientes del Ministerio Público, indique si en todo caso esos fiscales que son capacitados no tienen la suficiente capacidad e idoneidad para su labor investigativa o si se compromete su idoneidad en el ejercicio de la labor fiscal.
  8. Si el Ministerio Público tiene conocimiento de que esta ONG IJM Bolivia, tiene un investigador de nombre ficticio Álvaro y que esta persona se encarga de perseguir a los acusados con ayuda de los fiscales de materia en aquellos procesos donde interviene la ONG IJM.
  9. En cuántos casos penales y el número de caso participó la ONG IJM Bolivia, desde el año 2007 a la fecha, de esos procesos cuántos tienen sentencia condenatoria ejecutoriada y cuántos se encuentran en fase de investigación; asimismo, señale en cuántas ciudades de nuestro Estado Plurinacional se apersonaron e intervinieron en casos penales esta ONG.
  10. Por qué la ONG IJM Bolivia se asocia con fiscales para garantizar condenas, tal como señala en su página web ijm.org/where -wewok/Bolivia, indique de qué manera el Ministerio Público ve comprometida su imparcialidad en la investigación fiscal con este tipo de acuerdos con Organizaciones No Gubernamentales, informe los nombres de los fiscales quienes generaron estos acuerdos y si estos acuerdos fueron puestos a conocimiento o aceptación de la máxima autoridad del Ministerio Público.
  11. En cuántos procesos penales en los cuales se realizaron peritajes ante el Instituto de Investigación Forense intervino la ONG IJM y el resultado de cada peritaje realizado, debiendo asimismo señalar el número de caso en que se realizaron estos peritajes.
  12. Por qué la ONG IJM intervino en acuerdo de declaración de culpabilidad incluso antes de un veredicto y cuáles son las siete condenas de los 13 casos que fueron asegurados por un acuerdo con el fiscal de materia, tal como señala en su página web http://news.ijm.org/ij-bolivia-casesprogress-at-rapid-pace-following-new, señale el número de cada uno de los siete casos donde se arregló de esa manera la condena de los acusados, la ciudad donde se tramitó el proceso, por qué se resolvió de esa manera esos casos, por qué el Ministerio Público permite que la ONG IJM incurra en intromisiones en la investigación de casos penales y si la máxima autoridad fiscal tenía conocimiento de que los fiscales de materia ejercían estos supuestos acuerdos o arreglos en la fase de investigación.

 

Atrás