El caso del periodista Guider Arancibia desnuda un conflicto de intereses y un tejido de poder político-mediático en Bolivia.

Golpe de El Deber a la libertad de prensa en Bolivia

Juan Carlos Marañón Albarracín

La complicidad legal y corporativa quedó sellada. El certificado de EL DEBER y la Resolución Fiscal de Rechazo distorsionan hechos probados, degradan la protección constitucional del trabajo periodístico a un simple memo interno y, en la práctica, apuntan a criminalizar al periodista Guider Arancibia, agredido por el piloto Jaime Rodríguez, mientras consolidan la impunidad de su agresor.

La agresión contra Arancibia ocurrió en el aeropuerto El Trompillo, donde documentaba el uso de aeronaves vinculadas al poder. El piloto Rodríguez lo increpó, lo amenazó y destruyó su teléfono para impedir el registro de los hechos.

Ese episodio, lejos de ser reparado por las instituciones llamadas a proteger la labor periodística, se convierte en el pretexto para que EL DEBER lo presente como un actor “a título personal”. La Fiscalía utilizó ese certificado como coartada formal para rechazar una agresión probada, desplazando la culpa hacia la víctima.

¿Por qué EL DEBER encubre al piloto?

El caso Guider Arancibia desnuda un conflicto de intereses y un tejido de poder político-mediático en Bolivia. El periodista fue despedido de EL DEBER poco después de ser agredido y amenazado por “el piloto de Rafael Arce Mosqueira, hijo del expresidente Luis Arce”, explica la periodista Amalia Pando en su programa Cabildeo.

Pando sostiene que EL DEBER no busca proteger al piloto, sino “el vínculo entre el piloto y Rafael Arce Mosqueira”. A su juicio, la intervención del medio fue un acto calculado de encubrimiento para blindar a una figura cercana al círculo político de mayor influencia.

La periodista destaca que el periódico (propiedad de la familia del ministro de Medio Ambiente y Agua, Óscar Mario Justiniano, quien reconoció públicamente su amistad con el hijo de Arce) remitió a la Fiscalía un documento determinante para que la denuncia de Arancibia fuera desestimada.

Ese movimiento empresarial derivó, según Pando, en “el sacrificio de un periodista” para proteger a actores vinculados al poder político. La situación se torna más compleja con el rol del propio Justiniano, quien denunció un millonario esquema de corrupción en EMAPA, pero “omitió mencionar a Rafael Arce Mosqueira, supuesto beneficiario de contratos lesivos”.

El diseño corporativo de la impunidad

La Resolución de Rechazo firmada por el fiscal Diego Mauricio Toro Flores es la conclusión lógica de un proceso de deslegitimación iniciado por el propio empleador del periodista. El documento se sostiene en un argumento central: la víctima “NO SE ENCONTRABA REALIZANDO UNA FUNCIÓN LABORAL O DE TRABAJO” porque no contaba con una orden formal de Grupo EL DEBER S.A.

Esta narrativa fue activada por el jefe de prensa de EL DEBER, César del Castillo Linares, quien vulnera principios éticos al distorsionar hechos acreditados por un informe oficial de NAABOL. La intención de que la agresión quede sin consecuencias se consolidó con la certificación enviada por los ejecutivos del periódico a la Fiscalía, que vuelve a violentar los códigos de ética del periodismo.

La ruptura ética de EL DEBER: distorsión y criminalización

El jefe de prensa de EL DEBER actuó para proteger a la corporación, no al periodista, mediante tres maniobras:
1. Violación a la veracidad: Del Castillo insistió en utilizar una fecha errónea (25 de julio) para la agresión, pese a que el expediente fija el 22 de agosto de 2025. Esa manipulación ayudó a justificar la supuesta falta de coordinación del periodista y la desvinculación ética del medio.
2. Criminalización falsa del periodista:
Del Castillo afirmó que “entrar sin permiso a un espacio privado constituye allanamiento”, un delito grave (Art. 298 C.P.). Esta afirmación es insostenible, pues el informe de NAABOL demuestra que el ingreso del periodista al Hangar N.º 12 “fue autorizado por el propietario Marco Saucedo”. Con esa afirmación, EL DEBER validó una lectura que equipara el trabajo periodístico con una conducta penal, justificando la agresión sufrida.
3. Violación a la solidaridad profesional: Al clasificar la acción como “a título personal” y usar el término “incursión”, EL DEBER despojó al periodista de la protección institucional inherente a su oficio, incumpliendo el deber ético de respaldar a un reportero agredido mientras investigaba, cumpliendo las “Funciones Principales” y la “Misión del Puesto” que le manda EL DEBER: “Investigar, verificar y producir contenidos periodísticos de calidad…”.

La complicidad legal: Contradicciones de la Resolución Fiscal

Pese a que el gobierno de Rodrigo Paz y autoridades judiciales anunciaron el cambio de la justicia, nada se transformó, todo sigue intacto o peor que antes. El Fiscal incurre en contradicciones jurídicas graves que evidencian una posible omisión de su deber, según el Art. 72 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

1. Violación del principio de objetividad y omisión de delitos materiales: El Fiscal actúa como un mero notario de la agresión. La Resolución documenta que el piloto Rodríguez “le arrebató el teléfono celular y lo destruyó” y que profirió “amenazas”. A pesar de acreditar la existencia fáctica de los delitos de Daño (Art. 357 CP) y Amenazas (Art. 293 CP), el Fiscal se abstiene de tipificarlos. El rechazo basado en la supuesta insuficiencia de elementos para el Art. 303 C.P. no justifica el silencio ni la falta de persecución de los otros delitos acreditados.

2. Error constitucional: el periodismo subordinado al memo. La Fiscalía utiliza el certificado de EL DEBER (“NO RECIBIÓ NINGUNA INSTRUCCIÓN”) para concluir que el periodista no estaba trabajando. Esta es una interpretación burocrática, restrictiva e inconstitucional del tipo penal (Art. 303 CP). La protección de la libertad de trabajo, profesión u oficio no puede quedar supeditada a un documento administrativo interno; la misión del puesto (investigar) ampara la acción periodística.

3. Contradicción fáctica con la prueba oficial:
Al mantener el rechazo, el Fiscal ignora la prueba de NAABOL (documento oficial que establece la autorización de ingreso por el propietario del hangar, Marco Saucedo) y prefiere la narrativa de la “incursión” utilizada por la empresa.

La paradoja del discurso de EL DEBER

El caso revela una grieta entre el discurso institucional del medio y su comportamiento real. En su descripción oficial, EL DEBER define al periodista como un profesional autónomo, capaz de investigar, asistir a eventos, contrastar fuentes y producir información veraz.

Pero cuando un periodista ejerce esa autonomía frente a un hecho de interés público, la empresa lo reduce a un individuo aislado. Es una paradoja brutal: se celebra la iniciativa en teoría, pero se castiga en la práctica. Lo que se pierde no es solo coherencia interna, sino credibilidad ante la sociedad.

La Resolución Fiscal es jurídicamente insostenible y carece de coherencia. La complicidad, iniciada con la distorsión fáctica y ética de EL DEBER, culmina con la omisión del Fiscal.

ANPB y APSC piden revocar la Resolución Fiscal

La Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB) y la Asociación de Periodistas de Santa Cruz (APSC) rechazan el criterio fiscal basado en el certificado de EL DEBER, que confunde asignación laboral con ejercicio periodístico protegido. Ese razonamiento contradice la doctrina de la CIDH y la Constitución boliviana, que protegen la función social de informar, independientemente del tipo de contrato o la existencia de una orden editorial.

Las organizaciones de la prensa exigen que el Ministerio Público revoque la Resolución de Rechazo y procese los delitos de Daño y Amenazas ya acreditados en el expediente.

El certificado de EL DEBER y la decisión de la Fiscalía constituyen un golpe que amenaza con instalar un precedente capaz de subordinar la libertad de prensa a la burocracia corporativa. Si ese patrón se afianza, el costo para la democracia boliviana y para el periodismo nacional será demasiado alto, quizá irreparable.

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