La orientación de las nuevas normas en minería, en el análisis de Carlos Arce/CEDLA
Castigo para las cooperativas, permanencia para las transnacionales
Las nuevas leyes que modificarían la Ley 535 de Minería y la Ley de Reversiones tienen como novedades más importantes la reversión las áreas mineras y la probabilidad de que el gobierno firme contratos con las transnacionales del sector, además de la legalización del trabajo asalariado en las cooperativas, afirma el analista del CEDLA, Carlos Arze:
En efecto, aunque mantiene los Contratos Administrativos Mineros con Cooperativas, incluye una figura nueva: los «Contratos Administrativos Mineros en Áreas Bajo Administración Estatal» que se firmarán con las cooperativas que tenían arrendadas concesiones de la Comibol; en estos nuevos, la Comibol tendrá una participación económica (algo parecido al antiguo canon).
-De entre dichas cooperativas, a las que habían establecido contratos con empresas privadas en áreas arrendadas pertenecientes a Comibol (las que se portaron mal) se les «revierte» de plano las áreas mineras.
-Empero, este nuevo tipo de contrato servirá también para establecer contratos de Comibol con empresas privadas, lo que servirá —probablemente— para firmar contratos con las transnacionales que eran «socias» de las cooperativas en áreas estatales y que hoy han sido revertidas (¿Manquiri?), a las que el gobierno les ha prometido que no perderán derechos.
-Este nuevo tipo de contrato elude la obligatoriedad de los Contratos de Asociación Estatal sobre la participación mayoritaria (55%) en las utilidades. Seguramente, para contentar a las transnacionales que ya operaban en el país bajo la cobertura de las cooperativas y que tendrían, por lo tanto, «derechos adquiridos».
DOBLE FACETA
-Pese al golpe fuerte sobre las cooperativas en este aspecto, se ratifica la libertad concedida a ellas para contratas asalariados sin perder su carácter «social», por el que son tratadas como entidades sin fines de lucro y exentas de la obligación de pagar impuestos.
-En el artículo 2 de la nueva ley se dice que las cooperativas están obligadas al «cumplimiento de las normas laborales en relación al personal dependiente no cooperativista».
-Es decir, que pese a explotar la fuerza de trabajo asalariada como cualquier empresa privada, a cambio de cumplir con los derechos laborales, seguirán siendo consideradas «cooperativas». O sea, el gobierno acepta el encubrimiento de la forma empresarial de las cooperativas, pese a que eso les sirvió durante el anterior conflicto para acusarles de «explotadoras», etc., etc.