La ley faculta a los familiares para denunciar a los funcionarios implicados en casos de favoritismo e inacción

Nueva Ley (179), mismo o doble problema

Evelyn Callapino

Parece un lugar común decir que las leyes en Bolivia no cambian el pensamiento de la sociedad. Parece ser reiterativa decir que el Estado boliviano vuelve a matar o violar a las víctimas dado que les retarda y deniega la justicia. Cada vez son más frecuentes las noticias sobre feminicidios, infanticidios y violación de infantes ocurridos en diversas partes del país.

En estos días he estado pensado en toda esta violencia tan arraigada que pareciera difícil de revertir. En este sentido, una puede concluir que en realidad lo redundante son las acciones (o inacciones) del gobierno ante esta realidad violenta.

El presidente Luis Arce promulgó el lunes 4 de julio la “Ley de Protección a las Víctimas de Feminicidio, Infanticidio y Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente” (Ley N. 179/2022). Esta ley endurece las sanciones a los jueces que favorezcan a violadores o feminicidas.

Es importante señalar que esta ley fue promulgada como consecuencia de uno de los casos más graves de favoritismo judicial: el de Richard Choque. Gracias a una orden judicial Choque, acusado de varios homicidios y feminicidios, fue excarcelado y juzgado en libertad. El mismo interesado reveló cuánto le había “pagado” al juez. Este caso emblemático generó una gran indignación, pero fue ilustrativo de la expansión de la corrupción en nuestro el sistema judicial. También este caso nos dijo mucho sobre como la ley (por ejemplo, la Ley 348) está solamente en el papel y en las fotografías celebratorias de ocasión, pero no en el ejercicio de un Derecho que priorice la suerte de las víctimas.

La Ley 179 es, en ese sentido, un parche más a la grave situación de la violencia machista que padecen las mujeres bolivianas. Una violencia en la que la justicia colabora directamente con su inacción.

La Ley 179 tiene un énfasis punitivo. Eleva las penas para desalentar a los jueces a cometer actos de favoritismo en perjuicio de las mujeres víctimas de violencia. Pero la pregunta aquí es si es suficiente una orientación de este tipo. El incrementar los años de condena no es la solución para la problemática de la violencia machista en nuestro país. Es más, en nuestro sistema jurídico las condenas y órdenes de aprehensión son burladas, lo que muestra una extrema opacidad de nuestro orden jurídico.

En 2015, el violador de una menor, Marcelo Thenier López, se fugó a pesar de una orden de aprehensión. Aunque hace dos meses se logró la activación de alerta roja para su búsqueda, López sigue “no habido”. En su caso, se sabe que ni la justicia ni las fuerzas policiales han iniciado una búsqueda real. Es decir, el Estado se queda impávido e inmóvil y sus órdenes de aprehensión son papeles mojados que no se ejecutan.

La ley faculta a los familiares para denunciar a los funcionarios implicados en casos de favoritismo e inacción. Pero tomando en cuenta todos los antecedentes ya conocidos, la propia familia tendría que encargarse de este nuevo caso. Así se daría la paradoja que hay que denunciar dos veces en un proceso de violencia. Una para resolver el caso en sí y otra para sancionar a los malos funcionarios.

Una puede pensar en preguntas que deberían formularse al Presidente Arce: ¿Cree usted que la madre de una niña, después de años de un proceso pendiente aún de resolución, tendría la fuerza anímica de iniciar otro?, ¿debería contratar a otros abogados para seguir el nuevo proceso?, ¿la Ley 179 ayudaría a las niñas víctimas superar los serios daños psicológicos padecidos?

Una de las consecuencias de estas leyes es que ni protegen los derechos de las víctimas, ni desalientan la comisión de hechos violentos, solo engrosan la burocracia. Producto de esto, miles de procesos quedan archivados y por ende en el olvido. Lo que queda en la realidad son heridas difíciles de sanar, heridas que traspasan generaciones de familias. Así las víctimas son revictimizadas.

El Estado debería apostar por políticas públicas para recuperar a las víctimas (o sus deudos), para proteger derechos y para construir relaciones humanas saludables. ¿Es posible ello? Sin duda. Pero con políticas efectivas, un personal interesado en la búsqueda de la justicia y un Derecho con un enfoque feminista que apueste por una transformación social.

*Foto: La diputada Lidia Tupa, proyectista de la Ley 179 – ABI

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