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Jeanine Áñez lo había aprobado sin tomar en cuenta la Constitución

Gobierno abroga decreto supremo que autorizaba la producción de alimentos transgénicos

El presidente del Estado, Luis Arce Catacora, anunció este jueves la abrogación del Decreto Supremo N° 4232 aprobado durante el régimen de Jeanine Áñez para la producción de alimentos transgénicos.

“Eliminamos el abuso del gobierno de facto anterior, que introdujo con un solo decreto y sin sonrojarse, toda la cadena de transgénicos en nuestro país, en trigo, maíz, en todo”, manifestó durante la inauguración de la “Expo Feria de Nuestra Madre Tierra”.

El mandatario explicó que la disposición legal se puso en vigencia ayer, miércoles, junto con un Decreto Supremo para la protección de la fauna salvaje nacional.

La determinación se aplicó por medio del Decreto Supremo 4490, que en su artículo único abroga los decretos supremos N° 4232, de 7 de mayo 2020; N° 4238, de 14 de mayo de 2020; y N° 4348, de 22 de septiembre de 2020.

El Decreto Supremo N° 4432 autorizaba de manera excepcional al “Comité Nacional de Bioseguridad” establecer procedimientos abreviados para la evaluación del maíz, caña de azúcar, algodón, trigo y soya, genéticamente modificados en sus diferentes eventos, destinados al abastecimiento del consumo interno y comercialización externa”.

Por otro lado, el Decreto Supremo N° 4238 modificó la disposición transitoria única del Decreto Supremo Nº 4232, de 7 de mayo de 2020, con el siguiente texto: “Para dar cumplimiento al presente Decreto Supremo, en un plazo de hasta cuarenta (40) días calendario computables a partir de la publicación del mismo, el Comité Nacional de Bioseguridad, deberá aprobar los procedimientos abreviados”.

Finalmente, el Decreto Supremo N° 4348 ordenaba identificar las áreas que constituyen centros de diversidad del maíz y zonas de cultivo de maíz amarillo, en el marco del inciso a) del numeral 4 del Artículo 13 de la Ley Nº 144, de 26 de junio de 2011, de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria.

Asimismo, planteaba que para evitar la generación de semilla como resultado de la polinización cruzada entre cultivos de maíz convencional, o generado por cualquier tecnología, se debían contemplar fechas diferenciadas de siembra y distancias entre campos de uno y otro cultivo, conforme a las normas técnicas y agronómicas aprobadas por el INIAF.

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