Área: Economía >> Energía e hidrocarburos
Actualizado el 2007-04-09 a horas: 21:51:23
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Contratos petroleros: El peso de los Costos Recuperables

La firma de los nuevos contratos petroleros pone en tela de juicio la nacionalización de los hidrocarburos, pues el Estado entregaría a las empresas petroleras, bajo la figura de los Costos Recuperables, cerca del 50% del valor de la venta de los hidrocarburos. De ese modo, el Estado boliviano tendría como ingresos fijos el 50% correspondiente a las regalías y el Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), en tanto que del restante 50% obtendría una fracción minoritaria y variable, indica el último número del boletín ALERTA LABORAL que edita el Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (CEDLA).

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De acuerdo al boletín, en los nuevos contratos se establece una nueva distribución de ingresos: 18% de regalías, 32% de IDH y el restante 50% cubre los Costos Recuperables y la utilidad para las petroleras así como la participación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB). Dependiendo de cada campo y cada contrato, las empresas podrían descontarse entre el 60% y el 100% de ese restante 50%, luego de pagarse las regalías y el IDH.  Después viene la negociación entre el Estado y la petrolera para definir el monto de utilidad para la empresa y la participación de YPFB, ambos son variables pues están ligados a los precios, inversión y volúmenes de producción, advierte el documento. “A parte de los Costos Recuperables, este tipo de distribución tiende también a favorecer a las petroleras, ya que a mayor inversión y producción, menor sería la participación para YPFB y mayor la utilidad para la empresa”.   Los ingresos no llegarán al 82% Dentro de los Costos Recuperables están contemplados todos los impuestos, tasas y contribuciones vigentes (Anexo D) en la Ley 843, con excepción del IDH, las regalías y el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE).  Esta medida reduciría los ingresos del Estado, señala el boletín. En el caso de Petrobras, por ejemplo, esta empresa pagaba antes de la firma de los nuevos contratos, el 82% por concepto de regalías, impuestos y participaciones (incluyendo el 32% de ingresos extraordinarios para YPFB —por 180 días desde el 1º de mayo de 2006— establecido en el Decreto de Nacionalización). Además, contribuía con el pago de los impuestos de la Ley 843 en un 13%. La suma de estos pagos representaban, entonces, según la empresa, el 95% del valor de la producción. Contrariamente, después de haberse negociado los nuevos contratos, el pago correspondiente al mes de noviembre de 2006, llegó sólo al 54%. Esta situación se explicaría —de acuerdo al informe— porque en los nuevos contratos se reconoce la devolución de la inversión acumulada que las empresas dicen haber realizado, lo que reduce drásticamente las utilidades y, por tanto, los nuevos ingresos para YPFB.    Exportaciones y mercado interno Otro aspecto importante que reduce los alcances de la nacionalización proclamada por el Gobierno, sería la priorización de las exportaciones en desmedro del mercado interno. “Con la distribución de los cupos de volúmenes de producción para la exportación a Brasil y Argentina, las petroleras más grandes (Petrobras, Repsol-YPF, British Gas, Total) garantizaron las exportaciones, en desmedro de la demanda interna. Por ese motivo, Petrobras indicó, recientemente, que no podrá abastecer el mercado interno hasta el 2011 argumentando que su prioridad es atender el consumo de Sao Paulo (Brasil)”, explicó el CEDLA.  En síntesis, para la institución, los contratos consolidan la estadía de las petroleras por 30 años, retrocediendo y minimizando muchos de los efectos del Decreto de Nacionalización, como los ingresos adicionales del 32% para YPFB. El informe concluye en que la tendencia en la pérdida de ingresos alejará la posibilidad de industrializar los hidrocarburos en el país. Foro sobre hidrocarburos Para analizar este tema, se realizará el Foro Debate: “LA VERDAD SOBRE LOS CONTRATOS PETROLEROS”, organizado por las Juntas Vecinales del Distrito 4 y 6, la Federación Departamental de Trabajadores Campesinos de Bolivia Tupaj Katari, el Comité Cívico Interprovincial de La Paz, la Universidad Pública de El Alto (UPEA) y otras organizaciones, al que asistirán representantes del Ministerio de Hidrocarburos y YPFB. Según la convocatoria de las organizaciones, el evento se llevará a partir de las 18:30 del martes 10 de abril en el local  “El Ceibo” ubicado en la Ceja de El Alto.      CUADRO Nº 1 DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS EN LAS MAYORES RESERVAS DE GAS NATURAL  Campo petrolero*OperadorInversión $usDepreciación acumulada $us Regalías e IDH (a)Costo Recuperable (b) Utilidad empresa (c)Participación YPFB (d)Ingreso Estado a + dSan AlbertoPetrobras 319.379.286,0044.491.389,0050%30%16,2%3,8%53,80%SábaloPetrobras 324.575.393,0046.373.159,0050%30%17,2%2,8%52,80%MargaritaRepsol YPF 277.443.826,0014.198.863,0050%   47,5%2,475%0,025%50,03%ItauTotal 167.860.119,000,0050%50%0,0%0%50,00%Fuente: Elaboración propia en base a los contratos petroleros y el sitio web de YPFB. * Entre los cuatro campos, suman el 82% de las reservas probadas de gas natural del país. a)        La Ley 3058 establece un ingreso para el Estado de 18% de regalías y 32% de IDH.b)       Los nuevos contratos fijan como Costos Recuperables del 60% al 100%, del 50% restante. c) y d) Luego de deducir a y b, se calcula la utilidad para la empresa (c) y la participación para YPFB (d) a partir de la Tabla I del Anexo F de los contratos petroleros. En esta Tabla se establecen relaciones entre la depreciación acumulada, la inversión realizada y el volumen de producción.

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El 17 de marzo de 2009, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), presentó ante la Corte Constitucional para el Período de Transición una demanda de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Minería publicada en el registro oficial No. 517 del 29 de enero de 2009. La demanda de la CONAIE contenía objeciones de forma y fondo a la ley, sin embargo fue la falta de consulta prelegislativa a pueblos y nacionalidades indígenas la que levantó más revuelo en los ámbitos jurídico y político del país. De fallar a favor, la Corte Constitucional crearía un precedente importantísimo para el pleno reconocimiento de los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas ya que toda ley posterior que amenazare con afectar sus derechos les debería ser consultada.

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